Decreto No. 1464 del 29 de abril de 2010, de la Presidencia de la República,  "Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 1150 de 2007 en relación con la verificación de las condiciones de los proponentes y su acreditación para el Registro Único de Proponentes a cargo de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones". Este decreto recopila los decretos anteriores y corrige vacíos interpretativos resultantes del la operación del RUP desde la entrada en vigencia del decreto 4881/08. Las modificaciones introducidas en esta normatividad, corresponden a las inquietudes y observaciones presentadas por las cámaras de Comercio a través de Confecámaras al DNP. Decreto No. 1464 del 29 de abril de 2010 

Documentacion Anexa. REGISTRO UNICO DE PROPONENTE - VERIFICACION DOCUMENTAL
CAMARA DE COMERCIO DE VALLEDUPAR

Informa a los proponentes, Constructores y Consultores que el factor de paridad internacional F.P.I Calculado por la Sociedad Colombiana De Ingeniería y aprobado por la Superintendencia De Industria y Comercio, mediante resolución N.13011 de 9 de marzo de 2010 es de 1.83, este factor tiene vigencia para el año 2010
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